martes, 26 de noviembre de 2013
Jose Maquera y el congreso diocesano en tacna
Jose Maquera en el congreso Diocesano que se desarrollo en la ciudad de tacna , y en ella se nota la presencia como disertante de la ex-congresista Fabiola Morales
nuestro colega jose maquera en moquegua
En la ciudad de moquegua se celebro los 472 aniversario de fundacion española y en ella participo nuestro colega Jose Maquera con elbaila de los negrillos aqui la grafica elocuente.... son docentes del I.E.P. Juan XXIII dela ciudad del sol eterno ......
domingo, 18 de agosto de 2013
se emitio ordenanza regional n 14 sobre arte en primaria
SE EMITIO ORDENZA REGIONAL 014 SOBRE IMPLEMENTACION DE ARTE EN PRIMARIA TACNA 2913
Disponer que en la implementación y desarrollo del Área Curricular de Educación por el Arte en los niveles primaria y secundaria, conforme al Plan de Estudios de la Educación Básica Regular, en todas las Instituciones Educativas de Gestión Pública del ámbito de la Jurisdicción de la Región Tacna, se considere que el dictado de los respectivos cursos debe estar cargo de profesionales con especialización artística según lo establecido en el artículo 44 de la Ley N° 28131, Ley del Artista, Intérprete y Ejecutante.
lunes, 4 de marzo de 2013
domingo, 3 de marzo de 2013
Consejero RegionalPablo Huacasi presenta proyecto de ordenanza regional"implementacion de area curricular de arte de acuerdo al ley del artista 28131 en tacna
Nuestro reconocimiento al consejero Pablo Huacasi por presentar el proyecto de ordenanza regional" disponer la implementacion del area curricular de arte de acuerdo al diseño curricular nacional previsto en la ley del artista interprete y ejecutante 28131" en la ciudad de tacna, el cual ha de redundar en la educación de los niños de educaciona básica regular estatal , esperamos la pronta aprobacion de este proyecto por su vital importancia ya que en un estudio presentado por la ong CAMDESO se establecia la gran falencia y crisis en el desarrollo de esta a area curricular incluso se tiene conocimiento que existe un proyecto presentado mediante el sistema sistema SNIP sobre la educación por el arte en el nivel básico y ahi se deja claramente establecido el rol y la importancia del arte en la educación y sobre todo las consecuencias que acarrea este curso de formación integral pronto estaremos publicando el texto integro del referido proyecto que fue presentado el 31 de diciembre del año 2012 ante la comisión de desarrollo social del gobierno regional de tacna
sábado, 2 de marzo de 2013
Sentencia fundada ley del artista 28131 en tacna
En breve publicaremos el texto de la sentencia fundada a favor de el profesor Jose maquera maquera impulsor de la demanda sobre accion de cumplimiento en el año 2005 y que es precedente en el sector educacion a nivel nacional mas aun en favor de que los niños de la educacion basica cuenten con un especialista de educacion por el arte asi como lo desarrollan los prfesores de educacion fisica y que reduda en un autentico proceso de desarrollo educativo integral y articulado como lo establece el Diseño Curricular Nacional Estandarizado,y asi pueda ser de conocimineto del especialista de educacion primaria Magister Marcelino Quispe Luque de la CARRERA PUBLICA MAGISTERIAL el cual en su informe n| 008-2013 pretende desvirtuar el lproyecto de ordenanza regional presentado por el Consejero Regional Pablo Huacasi el cual presento a la comision respectiva el proyecto denominado" Disponer que en la implementación y desarrollo del área curricular de arte se
considere lo previsto en la ley nº 28131
,ley del artista interprete y ejecutante" proyecto en el cual se deja claramente establecido uy sin ninguna duda el rol del docente de arte en el dictado del area o curso con los contenidos de educacion por el arte y que en su oportunidad se establecio en la sentencia fundada y que ademas se vencio en buena lid a los que oponian a que el niño tengan su profesor de arte por ser garantia en su acreditacion ..pronto estaremos publicando el texto en su integridad para conocimiento de todos
jueves, 28 de febrero de 2013
la aasociacion responde a especialista Marcelino Quispe Luque
La asociación de graduados de la escuela de bellas artes “Francisco Laso “ de Tacna se pronuncia en relación al informe emitido por el especialista de educación primaria el magister Marcelino Luque Quispe en el cual en el referido informe signado con el numero 008-2013 EEP-DGP-DRSET/GOB.REG.TACNA de fecha 7 de febrero del año en curso con respecto al proyecto de ordenanza regional formulado por el consejero regional Pablo Huacasi Parqui denominado” Disponer que en la implementación y desarrollo del área curricular de arte se considere lo previsto en la ley nº 28131 ,ley del artista interprete y ejecutante”, el cual fue derivado con oficio nº 139-2012 PHP-CR/GOB.REG.TACNA del 31 de diciembre del año 2012.
En el informe del magister Marcelino Luque Quispe hace mención “a los términos de curso o área curricular del Diseño curricular nacional , lo cual es pertinente por la importancia que reviste en la formación del estudiante incluso manifiesta que estaría sujeto a lo dispuesto en el reglamento correspondiente y que se aclare mediante una opinión legal”
Se debe precisar que tanto los cursos o el área curricular en mención en este caso de educación por el arte poseen los mismos contenidos curriculares y las capacidades pertinentes es decir :la expresión artística y la apreciación artística y adicionalmente una actitud ante el área como lo establece fruto de l proceso de articulación como un medio innovativo del proceso enseñanza aprendizaje y establecido en el documento del DCN proceso de articulación formulado por los especialistas del ministerio de educación nacional sede central en el texto técnico del DISEÑO CURRICULAR NACIONAL de la educación básica regular-inicio proceso de articulación-refrendado con resolución ministerial nº 0068-2005-EDDEL 3 DE FEBRERO DEL 2005 en el cual se resuelve aprobar el programa curricular del área de Educación por el arte de Educación primaria que se encuentra articulado con el nivel de Educación inicial y Educación Secundaria que forma parte de la presente resolución y que en le tiempo se generalizo mediante la resolución nº667-2005-ED la cual DISPONE SE GENERALICE EN TODAS LAS INSTITUCIONES EDUATIVAS DEL PAIS A PATIR DEL AÑO 2006, puntualiza con objetividad el fin y el fondo que pretende el área programa o curso de educación por el arte en los niveles y modalidades del sistema educativo peruano dentro del esquema del DISEÑO CURRICULAR NACIONAL estandarizado para todas la regiones del país .
S debe precisar que la opinión legal ya se emitió en su oportunidad mediante la oficina de asesoría jurídica del sector Educación mediante el documento emitido por la misma con el numero 962-2007de fecha 17 de octubre en el cual en su conclusión establece :
1.- se debe dar cumplimiento a la resolución de sentencia n 09 -2005 de fecha 09 de noviembre del año antes mencionado la OFICINA de asesoría jurídica es de la opinión de que la DRSET(Dirección regional Sectorial de Educación de Tacna) debe efectuar las gestiones necesarias ante el Ministerio de Economía y Finanzas a través del Gobierno Regional la obtención del presupuesto necesario para coberturar la plaza de arte el cual se ha ordenado en la sentencia conforme al articulo n 44 de la ley 28131.
2.-el incumplimiento de dicha sentencia acarrearía apertura de proceso administrativo y acciones penales como la de resistencia y desobediencia a la autoridad en contra del titular y funcionarios de la Dirección Regional Sectorial de educación.
Esta opinión fue firmada por el Asesor Jurídico del sector educación por el abogado Jorge Salcedo Candia en su oportunidad.
En el segundo análisis del informe menciona que no es necesario especialización profesionales especifica del área sino a otros profesionales tengan una especialización artística”.
Debemos precisar que mediante el reglamento de la ley del artista 28131 en el titulo IV PROMOCION ARTISTICA Y SU CAPITULO I de la profesionalización y docencia articulo n 35 profesionalización docente .- expresa lo siguiente: la acreditación de la actividad artística que se refiere al articulo 43 de la ley esta a cargo de las Escuelas Superiores de Formación artística , el instituto nacional de cultura y otras instituciones debidamente autorizadas por el Ministerio de Educación.
Ademas en el articulo n 37.- de las instituciones educativas que brindan estudios de de profesionalización docente.
Las instituciones de educación superior de formación docente en especialidades artísticas y y en las escuelas superiores de formación artística del ministerio de educación debidamente acreditadas por le organismo encargado de operar el sistema nacional de evaluación , acreditación y certificación de la calidad educativa en educación superior , son las únicas que brindan los estudios de profesionalización docente .
Es asi que deja claramente establecido que debemos ser objetivos en los que significa la acreditación en la país sobre todo en el área de arte pues ,el empirismo y la informalidad se deba dejar de lado y tener a garantía de que un docente acreditado por el ministerio es el mas idóneo para garantizar la formación integral del estudiante de todos los niveles y modalidad como lo establece la ley 28044 y su respectivo reglamento en relación a la acreditación correspondiente.
El mas claro ejemplo y precedente en relación a la aplicación y desarrollo del área curso o programa de arte en el nivel primario es el caso del profesor de educación por el arte Jose maquera maquera el cual fue adjudicado y determinado para desempeñarse como tal mediante la resolución directoral regional de educación nº 2400 del año 2006 el cual cumplió a cabalidad su labor con evaluación favorable por el conei de la institución educativa LASTENIA REJAS DE CASTAÑON EN EL NIVEL PRIAMRIO y que en el informe técnico remitido por el Director de la referida institución Profesor Segundo Zambrano Gonzales corrobora esa experiencia educativa en favor de la educación por el arte y su formación integral de los niños que son el objeto del sistema educativo nacional.
Y por ultimo en la conclusión sugerencia del referido informe del magister Marcelino Luque Quispe especialista de educación primaria establece si en educación primaria la formación artística mencionada se refiere al ara de arte o a talleres de arte, se debe indicar según el informe n 025-2007 DGP-DRSET/GOB.REG.TACNA DEL DIA 5 DE JUNIO DEL 2007 , del especialista de educación primaria Luz Quispe Chipana se menciona que “ en el nivel primario no existe el área de educación por el arte Como taller. El área de Educación por el arte en el plan de estudios es un área curricular que tiene como propósito desarrollar las capacidades comunicativas de los estudiantes. por lo tanto el área de educación por el arte según el Diseño Curricular Nacional de educación básica regular aprobado mediante R.M. nº 667-2005-ED es considerado como área curricular.
En la sugerencia sobre la reorientación de del proyecto de ordenanza regional hacia la especialización de los docentes de educación primaria en las diversa expresiones del arte se debe tener en cuenta que los mismos tiene en su formación inicial cursos elementales y básicos superficiales del desarrollo del fenómeno del arte, sin embargo debemos expresar que la facultad de los consejeros es de formular iniciativas de ordenanza regional en base a las necesidades y que son ellos los llamados presentar en forma autónoma las iniciativas legislativas regionales en su ámbito , es mas es preferible un docente de especializaciones especifica quienes tiene prelación en le orden de servicio máxime si se trata del servicio de la educación referido a los niños que se encuentran en su etapa de formación y que a futuro serán los ciudadanos formados por docente4s idóneos como los están los docentes preparados en la escuela superior de formación artística publica “Francisco laso de Tacna “ ahora con rango universitario ya que dentro de sus especialidades cuentan con formación en artes platica , música teatro danza y danza lo cual indica la lata especialización de la cual gozan sus egresados y que son garantía en le desarrollo de sus capacidad profesional y dudar de ello seria inaudito máxime si son acreditación a nombre de la nación .
Suscribirse a:
Entradas (Atom)